martes, diciembre 21, 2010

EL ÁRBITRO-Algunas de sus funciones

El árbitro es la autoridad deportiva única e inapelable,en el orden técnico, para dirigir los partidos.
Sus facultades comienzan en el momento de entrar en el recinto deportivo, y no terminan hasta que lo
abandona, conservándolas por tanto durante los descansos, interrupciones y suspensiones, aunque
el balón no se halle en el campo. Tanto los Directivos como los futbolistas, entrenadores y delegados de los clubes deben acatar sus decisiones y están obligados, bajo su responsabilidad, a apoyarle y protegerle en todo momento, para garantizar la independencia de su actuación y el respeto debido al ejercicio de su función, así como su integridad personal, interesando a tales fines, si preciso fuere, la intervención de la fuerza pública.

Antes del comienzo del partido:

a) Inspeccionar el terreno de juego para comprobar su estado, el marcaje de líneas, las redes de las porterías y las condiciones que, en general, tanto aquél como sus instalaciones deben reunir según lo establecido en el presente libro, dando al delegado de campo las instrucciones precisas para que subsane cualquier deficiencia que advierta.

Si el árbitro estimara que aquellas condiciones no son las apropiadas para la celebración del partido, por
notoria y voluntaria alteración artificial de las mismas o por omisión de la obligación de restablecer las normales,cuando tal alteración hubiese sido consecuencia de causa o accidente fortuito, decretará la suspensión del encuentro, con las consecuencias previstas reglamentariamente.

b) Ordenar, asimismo, la suspensión del partido, en caso de mal estado del terreno de juego no imputable a acción u omisión, y en los demás supuestos que se establecen en las disposiciones vigentes.

c) Inspeccionar los balones que se vayan a utilizar, exigiendo que reúnan las condiciones reglamentarias.

d) Examinar las licencias de los futbolistas titulares y suplentes, así como las de los entrenadores, advirtiendo a quienes no reúnan las condiciones reglamentarias que pueden incurrir en responsabilidad.

En defecto de alguna licencia, el árbitro exigirá la pertinente autorización expedida por la Federación, Delegación Provincial o Subdelegación Comarcal correspondiente,reflejando claramente en el acta los futbolistas que actuaron como titulares o suplentes y los que lo hicieran sin licencia, así como la fecha de expedición de la autorización federativa o, en otro supuesto, el número de su D.N.I., pasaporte o permiso de conducir, cuyo original deberá presentarse ante el árbitro. En todo caso, el colegiado exigirá su firma en el apartado de observaciones del acta del encuentro. Si el árbitro advirtiese indicios razonables de falta de autenticidad o uso fraudulento de las licencias que se le presentasen, lo hará constar en el acta y podrá retenerlas para ponerlas a disposición del órgano disciplinario competente.

e) Hacer las advertencias necesarias a los entrenadores y capitanes de ambos equipos para que los futbolistas de los mismos se comporten durante el partido con la corrección y deportividad debidas.

f) Ordenar la salida de los equipos al terreno de juego.

En el transcurso del partido:

a) Aplicar las reglas de juego, siendo inapelables las decisiones que adopte durante el desarrollo del encuentro.

b) Tomar nota de las incidencias de toda índole que puedan producirse.

c) Ejercer las funciones de cronometrador,señalando el inicio y terminación de cada parte, y el de las prórrogas si las hubiere, así como la reanudación del juego en caso de interrupciones, compensando las pérdidas de tiempo motivadas por cualquier causa.

d) Detener el juego cuando se infrinjan las reglas de juego, ordenando la ejecución de los castigos procedentes y suspenderlo en los casos previstos, si bien siempre como último y necesario recurso.

e) Amonestar o expulsar, según la importancia de la falta, a todo futbolista que observe conducta incorrecta o proceda de modo inconveniente y, asimismo, a entrenadores y demás personas reglamentariamente
afectadas.

f) Prohibir que penetren en el terreno de juego sin su autorización otras personas que no sean los futbolistas participantes en el encuentro y los árbitros asistentes.

g) Interrumpir el juego en caso de lesión de algún futbolista, ordenando su retirada del campo, por medio de las asistencias sanitarias.

En el descanso del partido:

En las jornadas que así lo establezcan la Federación o cualquiera de sus Delegaciones Provinciales o
Subdelegaciones Comarcales, cada cual en las competiciones de su índole, o a petición de cualquiera de los dos equipos participantes en el encuentro, comprobarán la identidad de los futbolistas, junto con su
licencia.

El derecho de los clubes a comprobar la identidad de los futbolistas junto con su licencia podrá ser utilizado igualmente, antes, durante o después de la celebración del encuentro, debiendo en todo caso solicitar del árbitro tal circunstancia.

Después del partido:

a) Recabar, de cada uno de los delegados de los clubes que compitieron, informes sobre posibles lesiones sufridas en el transcurso del juego, solicitando en caso afirmativo las oportunas certificaciones médicas, a fin de adjuntarlas al acta.

b) Redactar de forma fiel, concisa, clara,objetiva y completa el acta del encuentro,así como los informes ampliatorios que estime oportunos, remitiendo con la mayor urgencia una y otros a las Entidades y organismos que se expresan en el

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