domingo, noviembre 28, 2010

EL DELEGADO DE EQUIPO

ESTAS SON ALGUNAS DE LAS FUNCIONES DE UN DELEGADO DE EQUIPO

1. El club titular del terreno de juego,designará para cada partido un delegado de campo, debidamente autorizado y acreditado por la F.C. y L.F. o la Delegación Provincial o Subdelegación Comarcal respectiva, a quien corresponderán las obligaciones siguientes:

a) Ponerse a disposición del árbitro, y cumplir las instrucciones que le comunique antes del partido, o en el curso del mismo.

b) Ofrecer su colaboración al delegado del equipo visitante.

c) Impedir que, entre las bandas que limitan el terreno de juego y la valla que lo separa del público, se sitúen
otras personas que no sean las autorizadas.

d) Comprobar que los informadores gráficos y operadores de televisión,estén debidamente acreditados e
identificados, y procurar que se sitúen a la distancia reglamentaria.

e) No permitir que salgan los equipos al terreno de juego hasta que el mismo se halle completamente despejado.
f) Evitar que tengan acceso a los vestuarios personas distintas de las expresadas en el artículo precedente,
y en especial al del árbitro, quienes no sean el delegado federativo, el del Comité de Árbitros, el de uno y otro equipo y, a los solos efectos de firmar el acta, los entrenadores y capitanes,así como las personas autorizadas por el árbitro para entrar a su propio vestuario.

g) Colaborar con la autoridad gubernativa para evitar incidentes.

h) Procurar que el público no se sitúe junto al paso destinado a los árbitros,futbolistas, entrenadores, o ante los vestuarios.

i) Acudir, junto con el árbitro, al vestuario de éste, a la terminación de los dos períodos de juego, y acompañarle,igualmente, desde el campo hasta donde sea aconsejable, para su protección,cuando se produzcan incidentes o la actitud del público haga presumir la posibilidad de que ocurran.

j) Solicitar la protección de la fuerza pública a requerimiento del árbitro o por iniciativa propia, si las circunstancias así lo aconsejasen.

k) Velar por la seguridad del vehículo de transporte utilizado por el equipo arbitral en el desplazamiento al recinto deportivo donde se dispute el encuentro,comprobando el estado general de éste, tanto a su llegada a la instalación deportiva como a su marcha, y proporcionando una ubicación determinada al mismo, en el caso de que esto último fuera posible.

Tanto en un caso como en el otro, el club organizador podrá ser responsable de los desperfectos que se ocasionen en el vehículo de los árbitros, previa presentación de la factura correspondiente justificativa de la reparación de los desperfectos ocurridos, circunstancia que el árbitro habrá de poner en conocimiento del delegado de campo antes de abandonar la instalación y si ello no fuera posible mediante la realización del correspondiente anexo al acta arbitral.

l) Coordinar la labor de las personas enumeradas en los apartados b) y c)

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